La Sección HE-4 del Código Técnico de la Edificación (CTE), establece el requisito de una contribución solar mínima en la producción del agua caliente sanitaria (ACS) para edificios nuevos o rehabilitados, cuya cuantía depende de la zona climática, de la demanda total y del tipo de energía no renovable utilizada como apoyo. Esta cobertura solar mínima oscila entre un 30% para la zona climática I y un 70% para la zona V.
Excelente iniciativa para ...
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